Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA, sobre la solicitud de DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR, presentada por la ciudadana OFEMIA ANTONIA VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.802.089, de este domicilio.
SEGUNDO: DECLINA el conocimiento de la presente causa contentiva de DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal Distribuidor de turno del Municipio Girardot del Estado Aragua a los fines de su distribución, una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 69 del Códig.....