DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Quinta Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Dra. THAÍS ÁLVAREZ TORRES, Defensora Pública Penal Vigésima Tercera, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, actuando con el carácter de Defensora del Acusado GONZÁLEZ RAMÍREZ JOSÉ RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.411.248, y en consecuencia CONFIRMA la sentencia definitiva, cuyo texto íntegro fue publicado en fecha primero (1°) de Marzo del presente año, mediante la cual CONDENO al prenombrado Acusado a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS, UN (1) MES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, por encontrarlo responsable en la comisión de los delitos de UTILIZACIÓN DE ARTEFACTOS INCENDIARIOS,.....