ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las prestaciones pendientes hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (BS. F. 4.200,00), pagados en este acto, propuesta esta aceptada por el actor y su apoderado judicial, por lo que ambas partes consignan transacción, donde constan detalladamente los montos y conceptos transados, Ahora bien la ciudadana Jueza una vez vista y revisada la transacción presentada y oída la manifestación de aceptación por parte del actor, acuerda dar la misma por reproducida y agregar a los autos un ejemplar de dicha transacción, para que la misma surta sus efectos legales. Con la finalidad de poner fin a la demanda que por DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara el ciudadano HECTOR WILFREDO HERNANDEZ, ya identificado contra la "socie.....