- IV -
DECISIÓN
Con fundamento en lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la Medida de Amparo Cautelar, solicitada.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, a los cuatro (4) días del mes de agosto de dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ,
Abg. BELKIS BRICEÑO SIFONTES
LA SECRETARIA,
Abg. EGLYS FERNANDEZ
En esta misma fecha, cuatro de agosto de dos mil diez (4-8-2010), siendo las once y treinta antes meridiem (11:30 a.m.), se publicó y registró la anterior decisión.
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