En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCION de COBRO DE BOLIVARES interpuesta por la ciudadana ASMIRIAM NAVA DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 5.179.974, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.957, en su carácter de endosataria en procuración al cobro de la ciudadana MARLENI TERESA MORANTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.196.802; contra el ciudadano LUIS JOSE SAUD VARGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 2.655.705.