En merito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la codemandada LAI ZHI FUNG, SRL, en contra de la sentencia proferida en fecha 27 de julio de 2015, por este Tribunal Superior.