or todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, por el ciudadano: PARRA RICHARD ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.434.691, debidamente asistido por la abogada MIRIAM ALVAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 152.126, en contra del ciudadano JOSE FELIX PARRA BERMEJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-3.742.999.
SEGUNDO: Como consecuencia de ello, queda RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO contraído entre los sujetos procesales anteriormente identificados, cursante a los folios (10), de la única pieza principal, de c.....