SE le acuerda al Ministerio Público prórroga de QUINCE (15) DIAS, contados a partir del día 03.09.2017, a los fines que culmine con la investigación y presente el acto conclusivo que considere procedente. Asimismo, dicho lapso vencerá en fecha 18.09.2017, por lo que de no ser presentado el acto conclusivo en el lapso establecido, se procederá de conformidad con lo previsto en la parte in fine del parágrafo único del artículo 82 Eiusdem. Notifíquese a las partes