Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación propuesta contra la sentencia dictada por el Juzgado los Municipio Libertador y Francisco Linares Alcántara, y por vía de consecuencia SIN LUGAR la pretensión de desalojo incoada por YANETT GREGORIA MORENO ROSALES y KEILA PATRICIA MORENO TORRES contra la ciudadana CARMEN EDICTA VERGARA, todas plenamente identificadas.