Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Diferencia de Prestaciones Sociales incoaran los ciudadanos LUÍS ENRIQUE TORRES OSORIO y LUÍS ANTONIO REINA MENDOZA, contra la Sociedad Mercantil RODORT C.A., todos plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de Dieciséis mil doscientos cuarenta y siete bolívares con treinta y cinco céntimos (Bs. 16.247,35) al Ciudadano Luis Torres y la cantidad de Trece mil trescientos treinta y siete bolívares con Ochenta y Cinco céntimos (Bs. 13.337,85) al ciudadano Luis Reina de la forma como se indicó precedentemente en la parte motiva del presente fallo. No hay condenatoria en costas por no haber resultado ninguna de .....