Decisión
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Inadmisible la solicitud de nulidad interpuesta por MERCADOS DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL C.A.), en contra de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 445-12, de fecha 30 de octubre de 2012, emanada de la Inspectoría del Trabajo Sede Norte, Municipio Libertador. Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.