Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada IRIS PORTILLO, en su carácter de apoderada judicial de la empresa GRUPO INGEMACO C.A., contra el auto proferido el 31 mayo del 2013, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual se desestimó la oposición efectuada contra las pruebas documentales, promovidas por la parte demandada, en el Capitulo I, asimismo a la prueba testimonial promovida en el Capitulo II. SEGUNDO: SE CONFIRMA en su único punto con relación a la desestimación a la oposición interpuesta contra las pruebas documentales, promovidas por la parte demandada, en .....