(...)
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SE ADMITE la demanda de nulidad del acto administrativo de efectos particulares, interpuesta por el abogado Carlos Ignacio Romero Arratia, inscrito en el instituto de previsión social del abogado (IPSA) bajo el Nº 86.510, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., contra la Certificación Médica Ocupacional CMO Nro. 0173-2019, la cual dio origen al informe Pericial comprendido en el oficio Nº GM-0930-2019, ambos emanados del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, en fecha 02 y 17 de mayo de 2019, respectivamente, a favor del ciudadano José Guillermo Ontiveros Vergara, titular de la cédula de identidad Nº 17.530.795. SEGUNDO: IMPROCED.....