Este Tribunal deja fe del presente acto y en virtud de lo expuesto por las partes, deja establecido que hasta tanto no conste en autos la autorización de la Procuraduría General de la República para aceptar el presente desistimiento de parte de alguno de los apoderados involucrados por la misma en el presente juicio, no habrá pronunciamiento con respecto a la homologación del desistimiento y en cuanto al cierre y archivo del expediente.