DECLARA:
PRIMERO. COMPETENTE PARA CONOCER DEL PRESENTE RECURSO.
SEGUNDO: INADMISIBLE por haber operado la caducidad, el recurso de nulidad de acto administrativo intentada por la Sucesión Garrón Hernández integrada por las personas identificadas en el encabezamiento de esta sentencia contra el Instituto nacional de Tierras.
Notifíquese al Procurador General de la república de esta decisión, en conformidad con el artículo 177 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y al Presidente de Instituto Nacional de Tierras, en consideración a los Privilegios que tiene la República y que le son aplicables en conformidad con la Ley Orgánica de Administración Pública.