VI. DISPOSITIVA.
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Coordinación laboral, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Se niega la notificación a la Empresa Mercantil SANITARIOS MARACAY S.A, en la persona de sus apoderados judiciales, en su domicilio procesal en la siguiente dirección: CALLE GUAICAIPURO DEL ROSAL, TORRE HENER. PISO 7. OFICINA 7B-7E, URBANIZACION EL ROSAL CARACAS.