Por todos los razonamientos antes mencionados en los particulares anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Se declara la NULIDAD del auto de fijación de sentencia de fecha 5 de agosto de 2011 y se repone la causa al estado de NOTIFICAR AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO. SEGUNDO: Una vez conste en autos la referida notificación, se le concede a la Fiscal Duodécimo del Ministerio Publico del Estado Aragua, un lapso de diez (10) días para que manifieste su opinión sobre el presente procedimiento de interdicción TERCERO: Se ordena practicar la notificación al Fiscal del Ministerio Publico. Publíquese, Notifíquese a las partes, regístrese y déjese copia.