DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad del Acto Administrativo, intentado por la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES EFIGENIA, C.A., antes identificada, en contra del Acto Administrativo solicitado. SEGUNDO: Se ANULA la Providencia Administrativa Nº 00111-2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en fecha 27 de Julio de 2012, contenida en el Expediente Nº 044-2012-01-00180, mediante la cual ordena el reenganche y pago de los salarios caídos, del ciudadano SANTOS JOSE CORDOVA, plenamente identificado en autos. TERCERO: Por cuanto la presente decisión, se publica fuera del lapso legal, se ordenan notificar a la partes de conformidad con lo establecido en el articulo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, asi como al Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela, líbrese oficio, agréguese copia certificada de la presente decisión. Una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas y tra.....