DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Declarar cumplida la pena que le fuera impuesta al ciudadano JONATHAN RAFAEL NAVARRO NAVARRO, Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.612.474 Venezolano, residenciado en la siguiente dirección: CALLE ORIENTE, CALLEJON MONTE OSCURO, 16-32, SANTA CRUZ, ESTADO ARAGUA, en virtud de que se ejecuto la sentencia dictada en fecha 15-12-2017 por el Tribunal Quinto de Control, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de EXTORSION EN GRADO DE COMPLICIDAD previsto y sancionado en el articulo 16 concatenado con el artículo 11 ambos de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión. Igualmente fue CONDENADO a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal y como c.....