Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, ABSUELVE, de conformidad con lo estipulado en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 348 eiusdem, al ciudadano, YONI ALEXANDER OROPEZA VIVAS, titular de la cédula de identidad V-16.691.048, de nacionalidad venezolano, natural de Maracay estado Aragua, nacido en fecha 20-02-1983, de 39 años de edad, estado civil soltero, residenciado en: El Museo Calle 26 Casa N° 27 Santa Rita estado Aragua, por no haber quedado demostrado su responsabilidad penal y participación en los hechos que fueron objeto del juicio y que fueron calificados por el Ministerio.....