Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: Se ADMITE el recurso de casación anunciado, en fecha 17 de octubre de 2025, por el abogado Juan Ramón León Villanueva, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora Fundación Fondo Rodatorio para la Vivienda de Interés Social y Fundación para el Desarrollo Integral y Fondo de Auxilio Financiero para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FUNFOADAF-MPYME), contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva, dictada por esta Alzada, en fecha 29 de enero de 2025, en el curso de la causa que por INTERDICTO RESTITUTORIO incoaranla FUNDACIÓN FONDO RODATORIO PARA LA VIVI.....