D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, por los ciudadanos: YAN MARY GRANADILLO y MERVIN YORDYS VILLASMIL, venezolanos, mayores de edad, ambos de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-10.364.004 y V-12.949.609 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por ante el Registro Civil del Municipio San Francisco del estado Zulia, según consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios con el Nº 145, Libro I, del Año 2004.
Publíquese, regístrese y déjese copi.....