SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA, ASÍ COMO LOS MEDIOS DE PRUEBAS, Oído lo expuesto por los acusados JOSE GREGORIO CUTAF ROLDAN Y JOSEPH GREGORY CUTAF MILLAN, que admite los hechos y solicita la Suspensión condicional del Proceso a la Fiscalía del Ministerio Publico, este Tribunal Acuerda La Suspensión Condicional Del Proceso, a los ciudadanos JOSE GREGORIO CUTAF ROLDAN Y JOSEPH GREGORY CUTAF MILLAN, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal penal vigente por remisión expresa del artículo 67 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, imponiendo un régimen de prueba por el LAPSO DE CUATRO (04) meses contados a partir de la presente fecha 04-12-2014 CULMINANDO EL MISMO EL DÍA 04-04-2015. A tales efectos se impone al acusado como condición que debe cumplir de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del código orgánico procesal penal vigente, siguientes: 1.- Asistir al Coordinador Zonal para qu.....