Este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, y por considerar que el referido desistimiento no es contrario a ninguna disposición expresa en la Ley y versa sobre los derechos disponibles, le imparte la HOMOLOGACIÓN al Desistimiento realizado por la parte Oferente, ciudadano MANUEL ANTONIO GOMES FERREIRA, titular de la cédula de identidad Nº E- 81.539.800, asistido por el ABG. PEDRO LUIS RIVAS GONZALEZ, inscrito en el INPREABOGADO con el Nº 246.024, y se procede como en sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA,