´´Atendiendo a estas consideraciones, este Tribunal Superior, visto EL DESISTIMIENTO del Recurso interpuesto, acuerda HOMOLOGAR, el citado Desistimiento del Recurso de Apelación interpuesto en fecha 29/11/2024.
Así mismo, acuerda condenar en Costas a la parte actora recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Al mismo tiempo, se da por terminado el presente recurso y se ordena la remisión del Expediente al Tribunal Trigésimo Octavo (38º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Cuarto (4º) Superior del Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los cuatro (4) días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).
Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
El Juez
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