D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: YORAIMA SATURNINA PEREZ PEREZ y RONALD JOSE BRITO TORRES, cónyuges, mayores de edad, de este do¬micilio, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad números V-19.268.655 y V-19.781.555, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día cinco (05) de septiembre del año dos mil ocho 2008, por ante el Registro Civil Municipio Santiago Mariño, Turmero del Estado Aragua, según consta del Ac¬ta N° 335, Tomo 2 del año 2008.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de.....