Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella interpuesta por la abogada EDELITZABEL MARQUEZ ESTRADA, actuando en su propio nombre y representación, contra el CENTRO NACIONAL AUTÓNOMO DE CINEMATOGRAFÍA (REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA).