siendo diez y treinta minutos de mañana, se traslado este Juzgado en compañía de los apoderados de la parte actora, abogados Mariolga Quintero y Carlo La Marca Erazo, Inpreabogado Nros. 2.933 y 117.113, respectivamente, en la siguiente dirección señalada por la parte actora: Avenida Los Pròceres cruce con Lazo Marti, Edificio Procuraduria General de la Republica, Piso 6, Gerencia General de Litigio, Santa Monica, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO.- Una vez en el lugar señalado por la representación de la parte actora, el Tribunal, es atendido por July Lisbeth Villamizar Matey, C.I. V.-10.783.306, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, e informando la notificada desempeñar el cargo de Coordinadora Integral Legal de la Gerencia General de Litigio ante la Procuraduría General de la Republica.-En este estado los apoderados judiciales de la parte actora, exponen: señalamos para ser embargados preventiv.....