Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Uno Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada MENFIS DEL CARMEN ALVAREZ NUÑEZ, en su carácter de defensora del ciudadano ALEXANDER DEL CARMEN CHIRINO CHIRINO, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Octubre de 2009, por el JUZGADO VIGESIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual, señala el recurrente, entre otras cosas decidió: “Que declaraba sin lugar la solicitud de nulidad de actuaciones ya que el Ministerio Público se pronunció sobre dichas solicitudes y que en todo caso las mismas podían ser opuestas antes del juicio como nueva prueba”, y en consecuencia, esta Sala de Apela.....