En el presente caso, se observa que el actor plenamente identificado acciona contra la demandada, la resolución del contrato de arrendamiento por cuanto tiene necesidad de ocupar el inmueble arrendado, con el objeto de que le haga entrega del mismo y sea desalojado, sin plazo alguno, de igual forma se observa que el actor no demuestra la titularidad del inmueble en cuestión, por cuanto los documentos consignados reposan en copias simples, así mismo no logra demostrar algún daño inminente que pueda sufrir el inmueble, motivo del presente litigio, en virtud, de los anteriores razonamientos se observa, claramente que no se encuentran llenos los extremos de Ley establecidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil. En razón de ello este Tribunal Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: .....