Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos WILLIAMNYS JOELYS MORENO FARIAS y JOEL ANTONIO MARÍN DUARTE, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-17.270.442 y V-14.120.522, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha nueve (09) de noviembre de dos mil cinco (2005), en el Registro Civil de la Parroquia Antimano, Municipio Libertador del Distrito Capital, según Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 45, correspondiente al año 2005, del Libro de Registros Civil de la Parroquia Antimano, Municipio Libertador del Distrito Capital.