DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que integran la causa N° 8C-24.361-20, este Tribunal octavo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley publica el cuerpo integro de la decisión en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada, por la fiscalía 14º del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 25-07-2022, por HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal 3º del Código Penal. SEGUNDO: Se admiten los medios de prueba promovidos por el Ministerio Público, por ser legales, necesarios y pertinentes. TERCERO: Admitida la acusación, se impone al ciudadano WILLIAN JOSE VILLALVA RONDON titular de la cedula de identidad Nº V-14.330.301 del procedimiento especial por admisión de hechos, establecido en el artíc.....