Por todo lo antes expuesto, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA impuesta al ciudadano MENDEZ PEROZO JESÚS ALBERTO, titular de la cédula de identidad N° 12.072.007, nacionalidad venezolano, mayor de edad, casado, nacido en Caracas, residenciado: Urbanización Base Libertador, sector B Casa 85/ A, Palo Negro, Estado Aragua, de conformidad con los Artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, fijando como régimen de prueba el plazo de UN (01) AÑO, el cual terminará de cumplir en la fecha que el delegado de prueba informe a este Tribunal el cumplimiento del plazo señalado y de las condiciones impuestas por lo que, deberá:
1) No cambiar su residencia establecida ut-supra, sin autorización del Tribunal o del delegado de prueba
2) Abstenerse de frecuentar lugares y/o personas que estén involucradas en actividades delictivas e incluso a la v.....