En este estado siendo las 11:40 a.m., este tribunal acuerda fijar el cuarto (4to) día hábil de despacho siguiente a la fecha de la presente acta, a las 10:00 a.m., el día para practicar la presente medida, a los fines de trasladarse a la sede física de la empresa WILLIAM PEARSON DE VENEZUELA C.A, para estampar la respectiva nota en el libro de accionista respectivo y materializar la medida de ejecutiva de embargo