DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano YOURLIS ANTONIO BRITO CHAPARRO, venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, de treinta y dos (32) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-12.795.605, hijo de Manuel Márquez (v) y de Carmen Ofelia Rivas (f), residenciado en la Calle Los Cocos, casa s/n, cerca de la cancha, La Pica, Maturín, Estado Monagas, debidamente asistido por los Defensores Privados, Abgs. Jaime Enrique Moreno y Luis Rafael Requena Areinamo, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, de la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el A.....