Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez revisado que no existe violación de normas de orden público, declara HOMOLOGADO el desistimiento de la acción y del procedimiento en el recurso de nulidad interpuesto por las abogadas Rosario García De Rodríguez y Gladys Romero Celis, actuando como apoderadas judiciales de la Sociedad Mercantil ALPES EXPRESS C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 2486-06 dictada en fecha 09 de noviembre de 2006 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador