Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano LUÍS MIGUEL LANDAETA FRONTADO, asistido por el abogado Miguel Ángel Landaeta, contra el incumplimiento de la Sociedad Mercantil SABRIKRST SERVICES, C.A., SERVICIOS ESPECIALES, a acatar la Providencia Administrativa Nº 135-2008 dictada en fecha 30 de mayo de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el estado Vargas.
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SEGUNDO: Se ORDENA al Presidente de la Sociedad Mercantil SABRIKRST SERVICES, C.A., SERVICIOS ESPECIALES, o a quien haga sus veces, dar cumplimiento a la Providencia Administrativa N° 135-2008 dictada en fecha 30 de mayo de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el estado Vargas, dentro de un lapso que no excederá de cinco (05) días continuos .....