Por los razonamientos antes expuestos esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en primer lugar ADMITE los recursos de apelación interpuestos por: El primero, Abogado HERIBERTO DURAN ORTIZ, en su carácter defensor privado del ciudadano ARCAHALIS EVELINA LOVERA, con fundamento en el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, y el segundo por: los Abogados DARWIN MARTINEZ SALANDY Y MANUEL DOMINGUEZ, en su carácter de Defensores Privados de la ciudadana MARÍA GABRIELA AGUILARTE SUSARRA, con fundamento en los artículos 451 en relación con el 452 numeral 1, todos del Código Orgánico Procesal Penal, ambos en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de Enero de 2010, mediante la cual.....