Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada FABIANA GARCIA MANDÉ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 139.596, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos OSCAR BASTIDAS DELGADO, SARY LEVY CARCIENTE Y ABSALÓN MÉNDEZ CEGARRA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancarios de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 29 de abril de 2010, en la presente causa.
SEGUNDO: SE confirma la decisión apelada en los términos contenidos en la presente decisión.
TERCERO: CON LUGAR, la demanda que por nulidad de asamblea interpusieran los abogados RODRIGO PEREZ .....