Este Juzgado Superior Agrario de las Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada GLORIA ELENA GALVIS MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-13.151.352, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo en N°128.856, en su condición de Apoderada Judicial de los ciudadanos: HAYDEE COROMOTO HUGLE BREIDENBACH, PEDRO ENRIQUE ALEMAN DURR, NUBIA MARIA SERRANO ROMERO y YULIMAR COROMOTO COLER PEREIRA, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.V-12.338.641, V-11.039.384, E-84.316.753 y V-16.308.059, respectivamente, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha veinte (20) de junio de 2012, por el Juzgado Accidental Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el cuaderno sep.....