DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD opuesta por la accionada PELUMANIA Y/O INVERSIONES WAGI, SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que incoara la ciudadana EDITH DEL CARMEN HURTADO, en contra de la empresa PELUMANIA Y/O INVERSIONES WAGI, C.A. por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, Plenamente identificadas
Segundo: No hay condenatoria en costas