VI. DISPOSITIVO
este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación formulada por la parte actora contra la sentencia de fecha 28 de octubre de 2014, emanada del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la prescripción alegada por la demandada y SIN LUGAR la demanda por beneficio de jubilación interpuesta por el ciudadano JORGE JOSE BASTIDAS PERDOMO, contra la entidad de trabajo PETROLEOS DE VENEZUELA, SOCIEDAD ANÓNIMA (PDVSA), plenamente identificadas en autos TERCERO: SE CONFIRMA LA SENTENCIA objeto de apelación. CUARTO: No hay condenatoria en costas del recurso conforme al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.