Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con Sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha VEINTITRES DE FEBRERO DEL DOS MIL VEINTICUATRO (23-02-2024), entre los ciudadano: STEFANY SUJEY ROMERO ESTRADA y MARLON HUMBERTO CHUQUIMAJO LEON, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedulas de identidad Nros24.446.355 y V-18.702.232 actuando a favor del menor XXXXXXXXXXX DE SIETE (07) AÑOS DE EDAD, con domicilio en el Municipio Sucre del Estado Aragua, y para que adquiera el carácter de cosa juzgada, con efectos de sentencia definitiva firme y ejecutoriada. Se ordena imprimir dos ejemplares de la presente decisión a un solo tenor y efecto, de lo cual uno será remitido a la Defenso.....