DISPOSITIVA.
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, de conformidad con el art 256 ordinales 3, 6 y 9, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Jesús Ricardo Peña Abreu, plenamente identificado en autos.