Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Demanda interpuesta por ALDEMARO JOSE MATA RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.615.604, de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación y en representación de los ciudadanos MANUEL MATA LISARDI y ESTILITA RINCONES DE MATA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 328.883 y 522.280, de este domicilio, asistidos por el abogado JESUS LEONARDO QUINTERO Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.832, en contra de ciudadanos LUISA MERCEDES CECIN DE DELGADO, LUÍS BRITO y MANUEL DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, ti.....