En razón de ello, en el presente caso quedó evidenciado que se cumplen los extremos legales correspondientes y, además, el recurso de casación fue anunciado en tiempo hábil, por tanto, al no tratarse de decisiones con arreglo a la equidad, este Juzgado Superior, ADMITE el recurso de casación anunciado por los apoderados de la parte demandada, suficientemente identificada en autos. Así se decide.