DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: DECLARA SIN LUGAR Recurso de Revisión intentado por el Penado: GREGORY EDUARDO CAMPUZANO GARCÍA, contra la Sentencia emanada de la SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, de fecha 2 de Junio de 2004, mediante la cual se CONDENÓ al prenombrado solicitante, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 460 y 175 del Código Penal vigente para la época a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO.