DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentara la ciudadana SUNILDE DEL VALLE LISTA, en contra la Empresa CAFÉ CANDY, C.A., ambas partes, plenamente identificados en autos, en consecuencia, se ordena la cancelación de los montos y conceptos siguientes: ANTIGÜEDAD: Bs. 4.665,58; UTILIDADES FRACCIONADAS: Bs. 39.93.; VACACIONES NO DISFRUTADAS: Bs. 830,44; más los INTERESES GENERADOS POR LAS PRESTACIONES SOCIALES ACUMULADAS Y NO PAGADAS: Bs. 969,57; todo lo cual asciende a la suma cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS CINCO BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. F 6.505.52), y la indexación desde el día en que se decrete la ejecución, todo ello de conformidad con el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,