DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, y en aplicación de las disposiciones del artículo 49 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo y 77, 78, 79, 80 y 81 del Código de Procedimiento Civil, aplicados por remisión expresa del artículo 11 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se ordena Acumular a la presente causa los asuntos signados bajo los Nros. AP21-L-2023-000152, AP21-L-2023-000154 y AP21-L-2023-000158, respectivamente, interpuesta por la ciudadana: Elika Patricia Melean de Arias venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.457.407, de este domicilio contra la demandada de autos, CORBULLOD C.A (RESTAURANTE LA CASA DE BISTRO .....