DISPOSITIVA.-
En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 10.06.2011 por la abogada ELOISA BORJAS, en su carácter apoderada judicial de la parte actora, FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE), contra el auto dictado en fecha 07.06.2011, por el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la medida de secuestro solicitada por la apelante en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento contra la sociedad mercantil INVERSIONES 951, C.A.
SEGUNDO: Se niega la medida de secuestro ., sobre el siguiente bien inmueble constituido por unos locales para estacionamiento ubicados en los sótanos 1,2 y 3 del .....